Entra en vigor la reforma del Código Penal que castiga el hurto con hasta 18 meses de prisión si hay reincidencia.
Esta reforma, que modifica el artículo 234.2 del Código Penal se aplicará a delincuentes que hayan cometido al menos tres delitos de hurto por una cantidad conjunta que supere los 400 euros.
La regulación anterior ya preveía una modalidad agravada para la reincidencia en el hurto, pero esto iba destinado únicamente para castigar los hurtos que superaran los 400 euros, por lo que los delitos leves de hurto que se cometían de manera multirreincidente, no contaban con una suficiente respuesta penal.
En casos de hurto leve o de cuantía inferior a 400 euros se aumenta la pena de 6 a 18 meses en dos supuestos:
- El autor debe ser multirreincidente, es decir, condenado al menos por tres delitos de la misma naturaleza, aunque sean de carácter leve.
- La cuantía de lo sustraído debe exceder los 400 euros.
Los contratos de alquiler de local de negocio quedan excluidos de esta medida de limitación en la revisión de la renta, ya que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
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