Si compartes una cuenta bancaria con otra persona, debes saber que sí puede ser embargada, incluso si la deuda solo afecta a uno de los titulares. Sin embargo, no se puede embargar automáticamente todo el saldo.
¿Qué es una cuenta conjunta?
Es una cuenta con varios titulares, normalmente con iguales derechos sobre el saldo.
¿Qué parte pueden embargar?
Solo la parte proporcional del titular deudor (por ejemplo, el 50 % si hay dos titulares), salvo que se pruebe otra distribución del dinero.
¿Y si los titulares son cónyuges?
Depende del régimen económico:
- Gananciales: el saldo puede considerarse común. El cónyuge no deudor debe ser notificado y puede oponerse a la ejecución e incluso pedir la disolución de la sociedad de gananciales en caso de que el acreedor no acredite la responsabilidad de los bienes gananciales.
- Separación de bienes: en este caso, cada cónyuge mantiene su patrimonio por separado, por lo que si uno de los dos tiene una deuda, solo se podría embargar su parte proporcional en la cuenta, salvo que se demuestre que el dinero embargado procede únicamente del cónyuge no deudor.
Conclusión: si compartes cuenta con alguien con deudas, puedes verte afectado. Hay mecanismos legales de defensa, pero requieren prueba y acción rápida.
Si tiene alguna duda, no dude en ponerse en contacto con nosotros y analizaremos su situación.