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PROYECTO DE LEY DE CREDITO INMOBILIARIO.

 

Estas son algunas de las modificaciones que se quieren introducir:

  • En cuanto a las cláusulas de vencimiento anticipado del crédito, se impone como requisito para iniciar la ejecución del préstamo el impago de nueve cuotas o una cuantía del 2% del capital durante la primera mitad de la vigencia de la hipoteca, o de doce cuotas o cuantía del 4% del capital, si se encuentra en la segunda mitad (frente a las tres cuotas actuales);
  • Abaratamiento de las comisiones por amortización anticipada en préstamos a tipo variable, con la finalidad de anularlas a partir de los cinco años de vigencia de la hipoteca;
  • En los préstamos a tipo fijo, se establece una comisión máxima (actualmente se aplican hasta dos, una de ellas sin límite);
  • Se limitan los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero;
  • Se establece el derecho del consumidor a modificar la divisa con la que suscribió el contrato de préstamo;
  • Se prohíben las ventas vinculadas;
  • Se facilita la conversión del préstamo a tipo variable a tipo fijo, suprimiéndose las comisiones a partir del tercer año de vigencia del préstamo, rebajándose los gastos de notaría y registro;
  • El prestamista deberá entregar al cliente documentación detallada sobre las cláusulas del contrato y escenarios de evolución de las cuotas;

Con estas medidas lo que se busca es el aumento de la transparencia en los contratos de préstamo hipotecario y la aplicación de soluciones alternativas para el deudor hipotecario.

 

Actividad

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