PROYECTO DE LEY DE
CREDITO INMOBILIARIO.
Estas son
algunas de las modificaciones que se quieren introducir:
- En cuanto a las cláusulas de vencimiento anticipado del crédito, se
impone como requisito para iniciar la ejecución del préstamo el impago
de nueve cuotas o una cuantía del 2% del capital durante la
primera mitad de la vigencia de la hipoteca, o de doce cuotas
o cuantía del 4% del capital, si se encuentra en la segunda
mitad (frente a las tres cuotas actuales);
- Abaratamiento de
las comisiones por
amortización anticipada en préstamos a tipo variable, con la finalidad de
anularlas a partir de los cinco años de vigencia de la hipoteca;
- En los préstamos a
tipo fijo, se establece una comisión
máxima (actualmente se aplican hasta dos, una de ellas sin
límite);
- Se limitan los intereses de demora a tres veces el
interés legal del dinero;
- Se establece el
derecho del consumidor a modificar
la divisa con la que suscribió el contrato de préstamo;
- Se prohíben las ventas vinculadas;
- Se facilita la conversión del préstamo a tipo
variable a tipo fijo, suprimiéndose las comisiones a partir del tercer año de
vigencia del préstamo, rebajándose los gastos de notaría y
registro;
- El prestamista
deberá entregar al cliente documentación
detallada sobre las cláusulas del contrato y escenarios de evolución de las cuotas;
Con estas medidas lo
que se busca es el aumento de la transparencia en los contratos de
préstamo hipotecario y la aplicación de soluciones alternativas para
el deudor hipotecario.
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