ALG Abogados

 

 

 

EL TRIBUNAL SUPREMO CAMBIA EL CRITERIO DE QUIEN DEBERÍ PAGAR EL IMPUESTO DE LAS HIPOTECAS

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, en su Sentencia de 16 de Octubre de 2018 concluye que no es quien recibe el próstamo el que deberá abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras de préstamo hipotecario sino que será obligación de la entidad prestamista, el banco que concede la hipoteca.

En contradicción con lo declarado en su sentencia de 15 de marzo de 2018, en que declaraba que era el consumidor el obligado al pago del impuesto de Actos Jurídicos, ahora ha reculado.  

¿Por qué ha cambiado ahora el criterio el Tribunal Supremo?

  • La nueva Sentencia ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. La anterior Sentencia fue redactada por la Sala de lo Civil del mismo Tribunal.
  • La nueva sentencia, en un litigio contribuyente/Administración, habla de la ¡necesidad de modificar la jurisprudencia! sobre el sujeto pasivo del impuesto en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, entendiendo que el obligado al pago del tributo es el acreedor hipotecario.

La Sala de lo Civil se reunirá esta semana de nuevo para pronunciarse sobre ¿los gastos hipotecarios?. De momento a día de hoy se ha paralizado el efecto de la sentencia por las fuertes caídas que han provocado en Bolsa a la banca. De momento no será aplicable como nueva jurisprudencia. Habrá que ver en qué términos se pronuncia el pleno de la Sala, porque en su anterior sentencia decía que se basaba en el criterio Contencioso Administrativo, y ahora que ha cambiado ese criterio, hay que esperar si la Sala de lo Civil lo hace también.

Si el nuevo pronunciamiento de la Sala de lo Civil difiere de la nueva sentencia provocará una gran inseguridad jurídica.  

 

Actividad

cid:image005.jpg@01CFA66D.8C55C0F0

La información contenida en esta circular es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico.
ALG ABOGADOS no asume compromiso alguno de actualización o revisión de su contenido.


Su nombre y dirección de correo electrónico están incorporados a un fichero titularidad de ALG ABOGADOS
(c/ Goya, 141-1º Izda, 28009 Madrid) para prestarle el servicio gratuito de información periódica relativa a comunicados de su interés, novedades jurídicas y jurisprudenciales del derecho, a través de nuestras circulares informativas y seminarios.
La utilización de su dirección de correo electrónico por nuestra parte queda sujeta a las disposiciones de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.

En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos en relación a los datos de carócter personal que haya proporcionado o pueda proporcionar a ALG ABOGADOS, le informamos que el responsable del tratamiento es Dña. Mª Carmen Alvarez Gumiel, con domicilio en C/Goya, 141- 1ºizq (28009, Madrid).

Si necesita más información sobre el tratamiento de datos de carácter personal puede solicitárnosla, escribiéndonos a: info@alg-abogados.es
Para cualquier consulta relativa a este servicio y ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación en relación con su nombre y dirección de correo electrónico, envíenos un mensaje a: info@alg-abogados.es
Si usted desea dejar de recibir esta publicación/comunicación puede darse de baja remitiendo un correo electrónico desde la cuenta que desea desactivar a: info@alg-abogados.es poniendo en el asunto: BAJA.

cid:image004.jpg@01CBF90C.01794680